Si bien es cierto que cuando entro en vigor la normativa respecto a los Certificados Energéticos los medios se hicieron eco de ello y dio la impresión de que se intentaba informar a los usuarios, lo cierto es que poco más se ha vuelto a informar sobre este tema.

Os recordamos que el Certificado Energético es obligatorio para todas aquellas viviendas de nueva construcción, para aquellas que se vayan a vender y para todas las que se vayan a alquilar, así como para los edificios públicos y con más de 250 m2.

Desde el  Parlamento Europeo se pidió a todos los estados miembros a realizar medidas para controlar y mejorar la eficiencia energética de los edificios y se hizo a través de la Directiva 2002/92/CE, modificada posteriormente por la Directiva 2010/31/UE y que en España se aplicó mediante el Real Decreto 235/2013. Por tanto desde junio de 2013, los edificios indicados deben poseer el Certificado Energético.

Sin embargo, los datos que publicó el Ministerio de Industria, Energía y Turismo junto al IDAE de junio de 2014, nos dicen que en España hay un total de 645.359 inmuebles con el certificado.

A raíz de estos datos, se están empezando a tomar medidas, que incluyen la imposición de multas y sanciones.

Las infracciones se clasifican en diferentes niveles:

  • Leves (como no exhibir la etiqueta de eficiencia energética cuando se aplique, certificados sin la información mínima exigida o etiquetas sin el formato obligatorio, entre otras..) de 300 a 600 euros
  • Graves (como incumplir los métodos de cálculo o alquilar o vender sin el certificado, etc…) de 601 a 1.000 euros
  • Muy graves (como falsear la información al registrar el certificado, hacer de técnico certificador sin poder serlo legalmente o publicitar un alquiler o venta con una calificación que no esté en vigor ni registrada) de 1.001 a los 6.000 euros, aunque podrían superar esta cifra si se considera que el beneficio obtenido es mayor que la multa.

Las sanciones corresponderán a los órganos competentes en cada Comunidad Autónoma.

De hecho, la Comunidad de Madrid ya ha abierto los primeros expedientes sancionadores durante el 2014.

Prácticamente desde que se pusiera en marcha este nuevo certificado, los constructores e ingenieros denunciaron la fuerte competencia de las empresas para realizar los informes, lo que ha supuesto una rebaja importante del coste de los trabajos que repercute negativamente en la calidad de las evaluaciones. El sector asegura que con estas tarifas apenas se cubren los gastos que implican una visita a la vivienda y el tiempo de redactar el informe.

Por tanto, recordad que el Certificado tiene una validez de 10 años, debe realizarlo un técnico competente que posea la titulación académica necesaria y acreditarla y que se debe visitar la vivienda para poder certificarla.

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